INCOTERMS
Grupo “E” De Salida
El término “E” es el de menor obligación para el vendedor: sólo debe poner la mercadería a disposición del comprador en el lugar pactado, generalmente en su propia fábrica. Frecuentemente ocurre que el vendedor asiste al comprador con la carga de la mercadería en el medio transportador, aunque el término no lo obliga a ello.
EXW En Fábrica ... Lugar Convenido
“En Fábrica” significa que el vendedor cumple su obligación de entrega cuando pone las mercancías a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido ( fábrica, taller, almacén, etc) sin despacharla para la exportación ni cargarla en el medio de transporte. De esta manera el comprador asume todos los costos y riesgos desde la entrega de la mercadería en el local del vendedor.
Este término no debe utilizarse cuando el comprador no pueda cumplir con las formalidades de exportación, directa o indirectamente. En este caso, debería utilizarse el término FCA, siempre que el vendedor consienta cargar a su costo y riesgo.
Este termino puede utilizarse para cualquier modo de transporte, incluido el multimodal.
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