INCOTERMS
Grupo “D” De Llegada
Los términos “D” requieren que el vendedor soporte la totalidad de costos y riesgos hasta que la mercadería llegue al lugar de destino convenido; es decir en el país del importador. Por tal motivo los términos “D” constituyen o se enmarcan dentro de los contratos de llegada. De acuerdo al Incoterm seleccionado el vendedor se hará cargo o no de despachar la mercadería de Aduana en el país de destino.
DAF Entregado en Frontera ... Lugar Convenido
El vendedor ha cumplido con su obligación de entrega cuando pone las mercancías, despachadas para la exportación, en el punto y lugar de frontera convenidos, no despachadas para la importación. Deberán acordar quien contrata el seguro. El vendedor ha de soportar los riesgos de daño y perdida de la mercancía hasta el momento de la entrega. Este término puede emplearse con independencia del modo de transporte cuando la mercadería debe entregarse en una frontera terrestre. Si la entrega fuera en el puerto de destino, a bordo de un buque o en un muelle deben usarse los términos DES o DEQ.
DES Entregado sobre Buque ... Puerto de Destino Convenido
El vendedor entrega las mercancías cuando las mismas son puestas a disposición del comprador, a bordo del buque, en el puerto de destino acordado, no despachadas para importación. El vendedor ha de soportar los costos y riesgos de llevar la mercadería al puerto de destino acordado con anterioridad a la descarga. El comprador asume los gastos de descarga. Si las partes desean que el vendedor asuma los costos y riesgos de descargar la mercadería, debe usarse el término DEQ, además deberán lo inherente al contrato de seguro. El término DES puede usarse únicamente cuando la mercadería se entrega a bordo de un buque en el puerto de destino, después de un transporte por mar, por vía de navegación interior o por un transporte multimodal.
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